Reglamento



ATENEO DE PUNTO FIJO RUBEN ISMAEL PADILLA Y
LA FUNDACIÓN CULTURAL PARAGUANÁ
REGLAMENTO DEL FESTIVAL DE LA VOZ Y LA CANCIÓN FALCONIANA
Coordinación de Música y Unidad de Medios Gráficos y Audiovisuales del Ateneo de Punto Fijo.

 Preámbulo de Presentación
El Festival de la Voz y la Canción Falconiana es un evento cultural que tiene como objetivo principal, realizar un espectáculo digno y a la altura del talento y virtud del artista falconiano, que reúne en un solo momento a la mayor cantidad de músicos, vocalistas y compositores regionales posible, en una sana competencia, con el fin de seleccionar 12 canciones inéditas y agregarlas al repertorio musical regional. Este certamen, que tiene sus antecedentes en “El Festival Internacional de La Canción del Caribe”, organizado en el pasado por intrépidos personajes de nuestro entorno que dieron lustre al medio artístico regional con proyección nacional e inclusive internacional, esta experiencia es adoptada por el Ateneo de Punto Fijo y La Fundación Cultural Paraguaná, para estimular la composición artístico musical en el presente, creando para su organización un reglamento que rija las bases de este certamen. y dar formalidad a cada uno de los procedimientos que involucra un evento de este tipo. Así pues, El Ateneo de Punto Fijo y La Fundación Cultural Paraguaná, presentan  “El Primer Festival de La Canción Falconiana” como el escenario ideal para darle participación protagónica a músicos, interpretes vocalistas y compositores nobeles y consagrados falconianos en el mundo del arte y la cultura regional y nacional.  
REGLAMENTO DEL FESTIVAL DE LA VOZ Y LA CANCIÓN FALCONIANA
CAPÍTULO I
CONCEPTOS Y FINES DEL FESTIVAL DE LA VOZ FALCONIANA
ARTÍCULO 1: El presente reglamento establece las normas de organización y funcionamiento del Festival de la Voz Falconiana (Municipal y Regional).
ARTÍCULO 2: El Festival de la Voz Falconiana es una actividad de promoción, desarrollo, preservación y divulgación del acervo cultual musical del Estado Falcón a través la música y el canto.
ARTÍCULO 3: El Festival de la Voz y la Canción Falconiana es una actividad artístico-musical, de carácter competitivo, que dirige y organiza El Ateneo de Punto Fijo y La Fundación Cultural Paraguaná, en carácter de productores con la participación de personas dotadas del talento artístico musical representantes de cada municipio del estado Falcón, nobeles o profesionales del canto.
PARÁGRAFO ÚNICO: se entiende por profesional del canto aquella persona que reciba remuneración por tal concepto o haya grabado con fines comerciales. Haber participado en otros festivales; es de hacer notar que  haber realizado estudios musicales previos no implica la condición de profesional
ARTÍCULO 4: El Festival de la Voz Y la Canción Falconiana se efectuará anualmente en el Ateneo de Punto Fijo Rubén Ismael Padilla. Donde cada municipio del estado Falcón estará representado en el evento por una voz femenina, una voz masculina, un compositor y una canción inédita..
ARTÍCULO 5: Las sub-sedes de los subsiguientes festivales municipales serán seleccionadas por la dirección de cultura de cada municipio y aprobada y supervisada por una Comisión designada por el comité organizador central del Festival, una vez oídas las propuestas de los municipios que manifiesten la voluntad de asumir la responsabilidad organizativa del Festival municipal, tomando en cuenta la capacidad logística y otros aspectos que tanto el Comité Central del festival como las futuras sede responsables, consideren pertinentes.
ARTÍCULO 6: El Festival de la Voz y la Canción Falconiana se desarrollarán en tres fases:
Primera Fase: Se realizará un Festival Interno o Local en las diversas comunidades del municipio interesado en participar en el festival central, el que seleccionarán sus dos representantes (masculino y femenino) para la segunda fase de participación. Este Festival estará bajo la responsabilidad de un comité organizador seleccionado internamente en cada municipio, en total conformidad con el comité central del festival. Las condiciones, propósitos y características de este festival no podrán colidir con las del Festival Central de La Voz y la Canción Falconiana.
Segunda Fase: Un Festival la capital de cada municipal, en el cual seleccionará sus representantes en el Festival central. Este festival estará bajo la responsabilidad de un Comité nombrado por el Director de Cultura de cada municipio el comité organizador estará integrado de la manera como se señala en el artículo 10 de este reglamento.
Tercera Fase: Un Festival Central donde participarán los representantes de cada municipio interesado. Este festival estará bajo la Coordinación de El Ateneo de Punto Fijo y La Fundación Cultural Paraguaná, a través de sus directivas, por medio de un comité organizador central.
ARTÍCULO 7: El Festival de la Voz Falconiana se realizará con el propósito de:
1. Contribuir con la promoción, desarrollo, preservación y divulgación del patrimonio cultural musical del estado Falcón y de nuestro acervo musical, en pro del fortalecimiento de la identidad regional.
 2. Apoyar, reconocer y premiar el talento vocal, musical y artístico de las comunidades municipales del estado Falcón.
3. Promover en la comunidad municipal el espíritu de participación y cooperación con las actividades artísticas musicales de nuestros ciudadanos.
 4. Intercambiar experiencias entre los miembros de las comunidades municipales del estado Falcón en un ambiente digno y edificante generado en la integración de los participantes del festival.
CAPÍTULO II
SECCIÓN PRIMERA:
DE LA ORGANIZACIÓN DEL FESTIVAL REGIONAL DE LA VOZ Y LA CANCION FALCONIANA
ARTÍCULO 8: Cada municipalidad organizará y llevará a cabo una serie de festivales locales o sectoriales, que convergerán en un festival central municipal, a fin de seleccionar dos participantes -masculino y femenino, una canción y el compositor, quienes representarán a su municipio en el Festival Regional de la Voz Falconiana.
PARÁGRAFO UNO: De existir algún impedimento para el ganador o la ganadora del primer lugar de cualquiera de los rubros para asistir al Festival regional, la responsabilidad quedará a cargo de quien haya ocupado el lugar inmediato inferior; hasta el tercer lugar, debiendo presentar la institución proponente, el acta del Festival municipal donde conste la posición obtenida por el participante suplente.
PARÁGRAFO DOS: Aquellos participantes que hayan ganado primer, segundo o tercer lugar en el Festival municipal, no podrán participar en el mismo durante las siguientes dos ediciones inmediatas.
 ARTÍCULO 9: La organización, promoción y realización del Festival en sus distintas fases, estará a cargo de los Comités Organizadores de cada municipio. En el caso de los Festivales de los sectores e Institucionales, cada municipalidad podrá diseñar sus políticas y estrategias de selección de sus miembros. En total concordancia con el REGLAMENTO DEL FESTIVAL DE LA VOZ  Y LA CANCIÓN FALCONIANA
ARTÍCULO 10: El Comité Organizador del Festival Institucional o de las comunidades de cada municipio estará presidido por el Director o la Directora de Cultura municipal, o por quien en su lugar este designe.
ARTÍCULO 11: Son atribuciones del Comité Organizador Municipal:
1. Representar al Municipio en todas las actividades del festival Municipal.
2. Elaborar el proyecto de presupuesto y coordinar la ejecución del mismo.
3. Designar las comisiones de trabajo necesarias y establecidas de acuerdo con un proyecto o planificación.
4. Hacer conocer las normas que regirán el Festival Municipal, velando por su cumplimiento.
5. Coordinar las inscripciones de los participantes en el festival Municipal.
6. Designar los miembros del jurado y de la mesa técnica del festival Municipal.
7. Promocionar y difundir el festival a través de los medios de comunicación.
8. Designar el conjunto musical que acompañará a todos los participantes en el festival.
9. Otorgar los premios correspondientes a los ganadores y/o ganadoras de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento.
10. Otorgar diplomas de participación y reconocimiento a los y las participantes y colaboradores del festival.
11. Enviar a la sede responsable de la realización del Festival Regional de la Voz y La Canción Falconiana los resultados del festival Municipal en el lapso establecido para tal fin.
12. Promover la calidad artístico-cultural del festival, velando que sean cumplidas las actividades de formación e integración de los participantes.
13. Evaluar el Festival Municipal y elaborar el informe final t remitirlo al comité central del festiva regional.
14. Realizar las inscripciones de los ganadores y/o ganadoras Municipales en el Festival Regional. Ante el Comité Central del Festival Regional de La Voz y La Canción Falconiana
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SECCIÓN SEGUNDA:
BASES DEL FESTIVAL REGIONAL DE LA VOZ FALCONIANA
ARTÍCULO 12: El Festival Regional de la Voz Falconiana se regirá por las siguientes bases:
1. Los participantes pueden ser ciudadanos falconianos o personas procedentes de otras regiones de Venezuela o del extranjero, que posean el talento musical, vocal y de la composición con suficiente talento  que amerite la participación en el festival regional, con un mínimo de 5 años de residencia en el estado Falcón.
2. Cada municipalidad interesada en participar en el festival regional, deberá inscribir a sus participantes ante el Comité Organizador central en el lapso establecido para tal fin con un plazo mínimo de 20 días hábiles a la fecha del festival.
3. La canción que presente cada participante es de tema libre y su contenido deberá estar enmarcada en el acervo artístico popular tradicional y cultural falconiano.
4. Los participantes no podrán ejecutar instrumentos musicales al momento de su presentación. El acompañamiento musical estará a cargo de una orquesta y coro de planta integrada por arpa, cuatro, maracas, bajo, bandola, mandolina, guitarra, flauta, violín, batería, percusión u otro instrumento de acuerdo con las necesidades de la pieza a interpretar, siempre ajustado a las posibilidades de suministro por parte del Comité Organizador Central del Festival. Sólo se permitirá el acompañamiento de un delegado, cuando las dificultades técnicas del arreglo lo ameriten.
5. Los arreglos musicales deberán ser presentados por el participante de cada municipio en score general (con todos los instrumentos en una misma página) y de manera individual para cada instrumento, tanto impresos en físico como en versión digital (pdf y en el archivo editable musical utilizado), en este caso el comité central del festival tendrá un representante asesor para quien no maneje esta tecnología.
PARRÁGRAFO ÚNICO: cada arreglo deberá privilegiar el lucimiento del intérprete y estar ajustado a las posibilidades interpretativas del participante, considerando el aspecto de no-profesional del mismo, en casos de excepción . El tono en que se realizará el arreglo de la canción debe estar acorde con el registro vocal del participante, en este sentido el Comité Organizador del Festival suministrara un representante asesor y un cursillo de adaptación y ensayo para el participante y el arreglista.
ARTÍCULO 13: Son requisitos para la inscripción de los participantes los siguientes recaudos presentados en una carpeta:
a) Planilla de inscripción.
b) Fotocopia de la Cédula de Identidad (legible y ampliada).
c) Dos (2) fotografías de frente tipo carnet y Una (1) fotografía artística de estudio tipo postal.
d) Constancia de trabajo o estudio emitida por su institución.
e) Datos de la canción:
- Titulo y letra de la canción
- Compositor de la música
-compositor de la letra.
- Datos del arreglista.
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- Autor de la letra de la canción.
- Género de la canción
 - Tonalidad en la que la interpreta el participante. Las partituras de la canción y una grabación de la canción con el arreglo escrito en las partituras.
f) Declaración personal por escrito del participante, avalada por la el municipio que representa, de no ser profesional del canto, tal cual como lo establece el parágrafo único, del artículo 3 de este reglamento.
g) Si una municipalidad tiene conocimiento de la profesionalidad de un representante institucional podrá interponer la denuncia por escrito, con las pruebas respectivas, ante el comité organizador del evento, quien podrá desestimar la denuncia o considerarla procedente y eliminar la intervención del participante.
h) El comité organizador deberá informar de inmediato la situación presentada y la decisión tomada a la directiva del Ateneo de Punto Fijo y el Comité Organizador Central.
 i) Si durante el desarrollo del evento una municipalidad tiene medios fehacientes que demuestren que un participante es profesional podrá comunicar la situación por escrito de manera inmediata al Comité Organizador Central, señalando los elementos que lo motivan a poner la denuncia poniendo bajo protesta la participación del o la cantante. El denunciante debe consignar las pruebas respectivas y de confirmarse la denuncia el participante será descalificado.
j) Si posterior a la realización del festival la persona ganadora, por denuncia formal, es encontrada profesional del canto el comité organizador descalificará al ganador o ganadora y será despojado de todos los reconocimientos obtenidos. La institución denunciante deberá presentar las pruebas en un lapso no mayor a 7 días hábiles y el comité organizador emitirá su veredicto en los 7 días hábiles siguientes.
k) La institución afectada podrá interponer el recurso de reconsideración respectivo ante el ente que tomó la decisión, en un lapso no mayor de 15 días continuos.
l) En todos los casos la municipalidad participante será comunicada de la situación presentada y de la decisión tomada, señalando la falta de ética y moral de la institución en detrimento del festival regional y será sancionada con su no participación en el festival siguiente.
PARÁGRAFO ÚNICO: Los integrantes del comité organizador no podrán participar como concursantes del Festival regional.
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ARTÍCULO 14: Los ensayos se realizarán en el lugar asignado por el Comité Organizador Central y de acuerdo con el cronograma establecido para tal efecto.
SECCIÓN TERCERA:
DEL JURADO CALIFICADOR DEL FESTIVAL MUNICIPAL DE LA VOZ FALCONIANA
ARTÍCULO 15: El jurado calificador estará conformado por cinco (5) miembros principales y tres (3) suplentes, quienes deberán tener condiciones académicas y de experiencia que los acrediten para tal fin.
ARTÍCULO 16: Son atribuciones del jurado:
1. Escoger de entre ellos al Presidente o Presidenta del jurado, quien velará por el correcto desenvolvimiento de sus funciones.
2. Reunirse previamente a fin de aclarar, discutir y unificar los criterios de evaluación y ponderación.
3. Calificar a los participantes de acuerdo a los siguientes aspectos: presentación, afinación, acoplamiento, timbre, dicción e interpretación.
4. Deliberar el resultado final.
5. Preparar un veredicto.
6. Preparar y Firmar un actas con los resultados finales.
ARTÍCULO 17: El veredicto del jurado es inapelable.
SECCIÓN CUARTA:
DE LA MESA TÉCNICA
ARTÍCULO 18: La mesa técnica es un equipo de apoyo al jurado calificador y es la encargada de totalizar los cómputos de las calificaciones efectuadas por el jurado a los y las participantes del evento, y estará integrada por tres (3) personas designadas por el Comité Organizador Central. La totalización efectuada por la mesa técnica no representa el resultado definitivo; sólo servirá de base y referencia para la posterior deliberación del jurado.
ARTÍCULO 19: Para los efectos de obtener el puntaje total de cada participante, la mesa técnica sumará las calificaciones individuales del jurado. La sumatoria de cada uno de estos puntajes servirá de referencia al jurado para su deliberación y veredicto.
ARTÍCULO 20: Son funciones de la mesa técnica:
1. Entregar la planilla de evaluación a cada miembro del jurado.
2. Recoger las planillas llenadas y firmadas por el jurado, una vez finalizada la actuación de cada participante.
3. Realizar los cómputos parciales y totales.
4. Regresar los resultados totales al jurado para su debida verificación, posterior deliberación y firma.
5. Entregar las actas de los resultados al Comité Organizador inmediatamente después de la verificación y firma del jurado.
SECCIÓN QUINTA:
DE LA PREMIACIÓN DE LOS GANADORES Y GANADORAS DEL FESTIVAL REGIONAL DE LA VOZ FALCONIANA
ARTICULO 21: El comité organizador municipal otorgará premiación a los tres primeros lugares femenino y masculino.
1. Primer Lugar: Diploma.
2. Segundo Lugar: Diploma
3. Tercer Lugar: Diploma
Y cualquier otro premio a discreción de la Institución
PARÁGRAFO ÚNICO: No se declararán premios desiertos ni empates.
ARTÍCULO 22: Se otorgará certificación o constancia a:
1. Todos los y las participantes en el festival municipal.
2. Jurado calificador.
3. Integrantes del grupo musical de planta.
4. Integrantes de las comisiones de trabajo.
5. Integrantes de la mesa técnica
SECCIÓN SEXTA:
DE LOS GANADORES DEL FESTIVAL MUNICIPAL DE LA VOZ FALCONIANA
ARTÍCULO 23: Los ganadores y ganadoras de los festivales municipal se comprometerán a participar en el Festival Regional de la Voz Falconiana representando su municipio.
 ARTÍCULO 24: La Comisión de Música del Ateneo de Punto Fijo procurará la creación de una base de datos de todas las partituras de los arreglos de las piezas participantes, tanto en físico como en digital, con el fin de crear y nutrir un archivo musical a ser utilizado en festivales posteriores.
CAPÍTULO III
SECCIÓN PRIMERA:
DE LA ORGANIZACIÓN DEL FESTIVAL REGIONAL DE LA VOZ FALCONIANA
 ARTÍCULO 24: El Ateneo de Punto Fijo a través de La Coordinación de Música y La Unidad de Medios Gráficos y Audiovisuales de la institución  organizará, coordinará y llevará a cabo conjuntamente con el Comité El Comité Central del Festival, todas la pertinencias del Festival Regional de la Voz Falconiana.
ARTÍCULO 25: El Comité Organizador Central estará integrado por:
- El Presidente de la Junta Directiva del Ateneo de Punto Fijo, quien lo presidirá con carácter honorario.
- El Coordinador o Coordinadora de la Coordinación de Música y La Unidad de Medios gráficos y Audiovisuales en Calidad de Directores.
 - El Director del Ateneo de Punto Fijo, o quien ejerza esas funciones, será el Presidente Ejecutivo.
PARÁGRAFO ÚNICO: El Presidente Ejecutivo tendrá la potestad de nombrar en común acuerdo con la directiva del Ateneo a los demás integrantes del comité organizador central.
ARTÍCULO 26: Son atribuciones del Comité Organizador Central:
1. Elaborar el proyecto de presupuesto y coordinar la ejecución del mismo.
2. Crear y coordinar las comisiones de trabajo necesarias para la realización del festival, tales como: alojamiento, producción musical, logística, secretaría, promoción y difusión, protocolo, administración, de primeros auxilios, entre otras.
3. Otorgar certificados de participación y reconocimiento a los participantes y colaboradores del festival.
4. Realizar un mínimo de tres (3) congresillos, antes, durante y después del evento, que garanticen la calidad artística competitiva del festival, las actividades de formación e integración de los participantes y su evaluación.
5. Evaluar el festival y elaborar un informe de gestiones dirigido a la directiva del Ateneo de Punto Fijo.
6. Para efectos de aplicación del reglamento del festival, el comité organizador Central deberá enviar por lo menos quince (15) días antes o publicar en la página web respectiva la lista de los participantes definitivamente inscritos en el festival.
SECCIÓN SEGUNDA:
BASES DEL FESTIVAL REGIONAL DE LA VOZ FALCONIANA
ARTÍCULO 28: El Festival Regional de la Voz Falconiana se regirá por las siguientes bases:
1. La participación en el Festival sólo estará permitida para persona con talento musical comprobado, residente en el estado Falcón.
2. La delegación de cada municipio estará integrada por el Director o Directora de Cultura o a quien se designe para tal efecto, por los ganadores y ganadoras del Festival municipal, y por quien designe como director musical la Dirección de Cultura de cada municipio participante.
3. Los y las participantes serán los ganadores de los Festivales de cada municipio del estado Falcón interesado.
4. La canción que presente cada participante deberá estar enmarcada en los géneros de raíz tradicional que conforman el acervo musical falconiano.
5. El Festival se realizará en una sola ronda (eliminatoria), para terminar con el veredicto final anunciando los ganadores de 1ro. 2do. Y 3cer lugar.
PARÁGRAFO UNO: De existir algún impedimento para que asistan el ganador o la ganadora del primer lugar, del festival municipal, la responsabilidad quedará a cargo de quien haya ocupado el lugar inmediato inferior.
PARÁGRAFO DOS: Con el fin de dar la mayor oportunidad posible, los participantes que hayan ganado primer, segundo o tercer lugar en el Festival Regional, no podrán participar en el mismo durante las siguientes dos ediciones inmediatas.
PARÁGRAFO TRES: A los efectos de este reglamento se entenderá como acervo musical falconiano, al conjunto de géneros musicales que identifican y han identificado a las diferentes regiones que conforman el territorio falconiano.
ARTÍCULO 29: Las delegaciones municipales deberán estar presentes durante la realización del Festival Regional.
ARTÍCULO 30: Los ensayos se realizarán en los lugares y horarios establecidos por el Comité Organizador Central.
ARTÍCULO 31: El acompañamiento musical estará exclusivamente a cargo de una Orquesta de planta integrada por arpa, cuatro, maracas, bajo, batería, bandola, mandolina, guitarra, flauta, violín, percusión u otros instrumentos de acuerdo a las necesidades de la pieza a interpretar y ajustado a las posibilidades de suministro por parte del Comité Organizador Central. Los arreglos musicales deberán ser presentados por cada participante en score general (con todos los instrumentos en una misma página) y de manera individual para cada instrumento, tanto impresos como en físico como en versión digital (pdf) y en el archivo editable musical utilizado.
PARÁGRAFO UNO: En caso de que la participación amerite un instrumento distinto a los provistos por el Comité Organizador, siempre y cuando corresponda a la especificidad del género, será responsabilidad de la municipalidad del participante proveerlo.
ARTÍCULO 32: Los participantes no podrán ejecutar instrumentos musicales al momento de su presentación.
ARTÍCULO 33: Son requisitos para la inscripción de los intérpretes participantes los siguientes recaudos:
a) Planilla de inscripción.
b) Fotocopia de la Cédula de Identidad.
c) Dos (2) fotografías de frente tipo carnet y una fotografía artística de estudio.
d) Constancia de trabajo o estudio emitida por la institución respectiva.
e) Constancia o certificado de ganador(a) emitida por el Comité Organizador municipal.
f) Copia del recibo de depósito bancario por concepto de inscripción en el Festival Regional equivalente a cinco (5) unidades tributarias por participante.
g) Datos de la canción: - Titulo y letra de la canción. - Compositor de la música. - Autor de la letra. - Género de la canción. - Tonalidad en la que la interpreta el participante, partituras y grabaciones de la canción.
h) Declaración personal del participante, por escrito, de no ser profesional del canto.
i)  Biografía, Currículo o Reseña histórica del intérprete de la obra.
SECCIÓN TERCERA:
DEL JURADO CALIFICADOR DEL FESTIVAL REGIONAL DE LA VOZ FALCONIANA
ARTÍCULO 34: El jurado calificador estará conformado por cinco (5) miembros principales y tres (3) suplentes, previamente aprobados por la Comité Organizador Central. Éstos deben tener condiciones académicas y de experiencia que los acrediten para tal fin. Los mismos deberán confirmar su asistencia, al menos con 20 días hábiles de antelación al inicio del Festival.
ARTÍCULO 35: Son atribuciones del jurado:
1. Escoger de entre ellos al Presidente o Presidenta, quien velará por el correcto desenvolvimiento de sus funciones.
2. Reunirse a fin de aclarar, discutir y unificar previamente, los criterios de evaluación y ponderación.
3. Calificar a los participantes de acuerdo a los siguientes aspectos: afinación, acoplamiento, timbre, dicción e interpretación.
4. Deliberar.
5. Preparar un veredicto, por escrito y firmado por la totalidad de los miembros.
6. Levantar y Firmar un acta con los resultados finales.
ARTÍCULO 36: La mesa técnica es la encargada de totalizar los cómputos de las calificaciones efectuadas por el jurado a los participantes del evento, y estará integrada por tres (3) personas designadas por el Comité Organizador Central. La totalización efectuada por la mesa técnica no representa el resultado definitivo; sólo servirá de base y referencia para la posterior deliberación del jurado.
ARTÍCULO 37: Para efectos de obtener el puntaje total de cada participante, la mesa técnica sumará las calificaciones individuales del jurado. La sumatoria de cada uno de estos puntajes servirá de referencia al jurado para su deliberación y veredicto.
ARTÍCULO 38: Son funciones de la mesa técnica:
1. Entregar la planilla de evaluación a cada miembro del jurado.
2. Recoger las planillas llenadas y firmadas por el jurado, una vez finalizada la actuación de cada participante.
3. Realizar los cómputos parciales y totales de cada participante.
4. Regresar los resultados totales al jurado para su debida verificación, posterior deliberación y firma.
5. Entregar las actas de los resultados al Comité Organizador Central inmediatamente después de haberlo verificado y firmado el jurado.
SECCIÓN QUINTA:
 DE LA PREMIACIÓN DE LOS GANADORES DEL FESTIVAL REGIONAL DE LA VOZ Y LA CANCIÓN FALCONIANA
 ARTÍCULO 39: El Comité Organizador Central otorgará premiación a los tres primeros lugares femenino y masculino.
 1. Primer Lugar: 30 UT + Diploma.
2. Segundo Lugar: 20 UT + Diploma.
3. Tercer Lugar: 15 UT + Diploma.
PARÁGRAFO UNO: El Comité Organizador podrá adicionar otros premios a los ganadores y ganadoras si esta dentro de sus posibilidades.
PARÁGRAFO DOS: No se declararán premios desiertos ni empates.
ARTÍCULO 40: Se otorgará certificación o constancia a:
1. Todos los y las participantes en el festival Regional.
2. Integrantes del jurado calificador.
3. Integrantes del grupo musical de planta.
4. Integrantes de las comisiones de trabajo.
5. Integrantes de la mesa técnica. Igualmente se elaborarán agradecimientos por escrito a quienes hayan contribuido al éxito del Festival Regional.
SECCIÓN SEXTA:
DE LOS DEBERES DEL COMITÉ ORGANIZADOR PARA CON LOS GANADORES DEL FESTIVAL REGIONAL DE LA VOZ Y LA CANCIÓN FALCONIANA
ARTÍCULO 41: El Ateneo de Punto Fijo, a través del Comité Organizador Central del Festival declarará a los ganadores y ganadoras del primer lugar -masculino y femenino del Festival como patrimonio musical exclusivo de la institución, hasta la realización del siguiente festival y promoverá una serie de presentaciones de los mismos, tanto en el sector artístico como en el sector cultural regional y nacional.
ARTÍCULO 42: El Comité Organizador del Festival promover la grabación de un disco compacto o DVD contentivo de las canciones presentadas en el Festival Regional.
CAPÍTULO IV
CONCEPTOS Y FINES DEL FESTIVAL DE LA CANCIÓN FALCONIANA
Consideraciones Generales El Festival Nacional de la Voz y la Canción Falconiana incluye dos aspectos competitivos que, aunque son diferentes en su naturaleza artística, convergen en un mismo evento: Un certamen vocal por una parte, y por la otra, un concurso de creatividad musical. Esta naturaleza dual obliga a prever una constitución organizativa que contenga aspectos y condiciones específicas para el correcto desenvolvimiento y desarrollo de cada uno de estos rubros. Estos aspectos comprenden principalmente: - Llevar a cabo separadamente los dos rubros, aún cuando se efectúen simultáneamente.
1- Elaborar unas bases específicas tanto para la voz como para la canción.
2- Constituir jurados especializados para cada aspecto.
3- Unificar criterios compositivos y literarios musicales.
4 - Clarificar el perfil del participante compositor.
El articulado sucesivo responde a las especificidades de la categoría Canción Inédita.
ARTÍCULO 43: El Ateneo de Punto Fijo, a través de la coordinación de Música, La Unidad de Medios Gráficos y Audiovisuales organizará, coordinará y llevará a cabo conjuntamente con el Comité Organizador Central del Festival, el rubro Canción Inédita, en el marco del Festival Nacional de la Voz y la Canción falconiana.
ARTÍCULO 44: Cada municipio deberá apoyar en la promoción del evento. El concurso debe tener una forma específica de promoción dado que la convocatoria debe incluir a la población en general.
ARTÍCULO 45: Cada municipio servirá de receptor de las propuestas artísticas y remitirlas al comité Central del Festival.
ARTÍCULO 46: El Comité Organizador Central del Festival establecerá fecha de inicio y fecha tope para la recepción de propuestas musicales. Esta última se establecerá con un mínimo de quince (15) días hábiles de antelación a la fecha del Festival Regional, a fin de poder coordinar lo relativo al montaje, arreglos, preparación y ensayos de la canción seleccionada como ganadora.
ARTÍCULO 47: El Comité Organizador Central del Festival nombrará un jurado especialista integrado por tres (3) miembros: dos de ellos expertos en composición musical (popular y académica), y un (1) especialista en aspectos poéticos y literarios, quienes deliberarán en privado para escoger las propuestas ganadoras del Primero, segundo y tercer lugar del Festival Regional de canciones.
ARTÍCULO 48: Las canciones ganadoras de cada municipio se interpretaran en el Festival Regional de la Voz y la canción falconiana. Las mismas serán interpretadas por el ganador representante de cada municipio.
ARTÍCULO 49: Podrán participar en el Festival de la Canción Inédita, compositores venezolanos o extranjeros, Los compositores extranjeros deberán acreditar residencia en el país por un lapso no menor a cinco (5) años.
ARTÍCULO 50: Las obras participantes deberán estar enmarcadas en los géneros de raíz tradicional que conforman el acervo musical Falconiano.
PARÁGRAFO ÚNICO: Se considerará Canción Inédita a aquellas composiciones cuyos componentes literarios y musicales, elementos armónicos o melódicos, sean una creación original, basada en los géneros musicales falconianos, y que no hayan sido estrenadas, grabadas, editadas o premiadas previamente.
ARTÍCULO 51: Podrán presentarse obras cuyo autor de la letra sea distinto al de la música, siempre y cuando cada uno consigne por escrito su autorización y deseo de participar en el festival.
ARTÍCULO 52: Los compositores participantes deberán consignar sus obras personalmente en las la dirección de cultura de cada municipio participante, quienes las remitirán al Ateneo de Punto Fijo, dirigida al comité Central del Festival Regional, durante el lapso determinado por el Comité Organizador.
ARTÍCULO 53: Cada participante podrá concursar con un máximo de dos obras. Cada obra deberá ser enviada por separada de la siguiente manera:
1. Sobre N° 1, indicando en su exterior el nombre de la obra y el seudónimo a utilizar. Deberá contener:
a. Tres (03) ejemplares impresos de la partitura;
b. Tres (3) impresiones en computadora (a dos espacios) de la letra;
c. Tres (03) discos compactos con la obra en formato de audio (.wav o .mp3), cantada y con acompañamiento musical.
2. Sobre Nº 2, indicando en su exterior únicamente el seudónimo, Deberá contener los siguientes recaudos:
a) Nombres y apellidos del o los autores.
b) Lugar y fecha de nacimiento.
c) Nacionalidad.
d) Dirección completa, número telefónico móvil y fijo y correo electrónico.
e) Documentos probatorios de identidad (fotocopia de la cédula de Identidad o del pasaporte y comprobante de residencia).
f) Dos fotos recientes tipo postal de estudio del compositor(es).
 g) Declaración jurada de que la obra es de autoría del (los) participante(s) y de que no ha sido estrenada, grabada, editada o premiada previamente.
h) Biografía, Currículo o Reseña histórica del compositor o compositores de la obra.
ARTÍCULO 54: la premiación constará de:
 1- Primer lugar; 30 UT + Diploma.
2- Segundo lugar: 15 UT + Diploma.
3- Tercer lugar: 10 UT + Diploma.   
ARTÍCULO 54: El Ateneo de Punto Fijo se reserva todo tipo de derechos artísticos e intelectuales de las obras inscritas en el “Festival de La Voz y La Canción Falconiana” para publicarlas con fines culturales y promocionales, sin menoscabo de la propiedades de su autores naturales.

Punto Fijo, 14 de Agosto de 2015



Luben Martunez                                   Rómulo Zabala Raggio
    Ateneo de Punto Fijo                        Funadcion Cultural Paraguaná

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